Jacinto Marques de Oliveira, Sucrs., Lda. dispone de un Canal de Denuncias de conformidad con la Ley nº 93/2021 (Norma de transposición de la Directiva de la Unión Europea 2019/1937 - Ley de Denuncias).
El Canal de Denuncias sirve como mecanismo interno de la empresa para gestionar y analizar las prácticas, actuaciones o hechos denunciados por agentes internos o externos que sean contrarios a la legislación nacional o comunitaria, en los siguientes ámbitos:
– prácticas de contratación;
– productos y/o servicios (conformidad, seguridad y protección de los consumidores);
– financiera y económica;
– la protección del medio ambiente y la salud pública;
– protección de la intimidad, los datos personales y las redes y sistemas de información;
Las quejas deben incluir tantos detalles e información como sea posible y, siempre que sea posible, estar respaldadas por documentación. En función del contenido de cada denuncia, podrán solicitarse elementos e información adicionales sobre la situación.
Los informes pueden ser realizados por:
– Trabajadores o antiguos trabajadores;
– Proveedores de servicios;
– Proveedores y/o sus trabajadores;
– Miembros de órganos estatutarios;
– Becarios;
– Demandantes de empleo;
Se garantiza la confidencialidad y el anonimato del denunciante hasta el momento en que la información sea fundamental para investigaciones internas o procedimientos judiciales. Todas las denuncias deben hacerse por motivos razonables y de buena fe. Están prohibidos los actos de represalia contra el denunciante.
Procedimiento de denuncia
Envíe la comunicación a una de las siguientes direcciones
– Correo electrónico: whistleblowing@jacinto-lda.com
O
– Comunicación por correo a Avenida dos Correios, n.º191 - Apartado 47 3885-410 Esmoriz
El proceso de seguimiento de la denuncia:
– en un plazo de 7 días: notificación confirmando la recepción de la denuncia;
– en un plazo de 3 meses: comunicación de la conclusión, los motivos y, en su caso, las medidas previstas/adoptadas a raíz de la denuncia;
– en un plazo de 15 días a partir de la finalización: (si el denunciante lo solicita) comunicación de los resultados de las investigaciones realizadas;
El registro de reclamaciones se conservará durante un periodo de 5 años o durante el transcurso de cualquier procedimiento judicial o administrativo.